Compensación Económica en el Divorcio — Puerto Montt
Si durante el matrimonio usted se dedicó al cuidado de los hijos o a las labores del hogar y por eso no pudo trabajar (o trabajó menos de lo que habría podido), puede tener derecho a una compensación económica al divorciarse. Es un derecho pensado para reparar ese menoscabo.
Requisitos (deben darse todos)
Conforme al artículo 61 de la Ley de Matrimonio Civil, se exige, de forma copulativa:
- Que el matrimonio o acuerdo de unión civil termine (por divorcio o nulidad).
- Que uno de los cónyuges se haya dedicado al cuidado de los hijos o del hogar común.
- Que por esa dedicación no haya podido desarrollar una actividad remunerada o lo haya hecho en menor medida de lo que podía y quería.
- Que exista un menoscabo económico real al momento del divorcio.
Cómo se determina el monto
No hay una fórmula fija: el juez pondera, según la sana crítica, los factores del artículo 62 de la Ley de Matrimonio Civil:
La duración del matrimonio y de la vida en común, la situación patrimonial de ambos, la edad y el estado de salud, la situación previsional, y la cualificación profesional y posibilidad de acceso al mercado laboral del cónyuge beneficiario. Por eso, dos casos parecidos pueden terminar en montos distintos: la prueba y la estrategia lo son todo.
Formas de pago (incluye traspaso de fondos AFP)
La compensación puede pagarse de varias maneras acordadas o decretadas por el juez:
- En una o varias cuotas de dinero efectivo.
- Entregando bienes muebles o inmuebles en propiedad.
- Constituyendo derechos de usufructo, uso o habitación sobre la vivienda familiar.
- Traspasando hasta el 50% de los fondos previsionales (AFP) acumulados por el cónyuge deudor durante el matrimonio (Ley N° 20.255).
Momento clave: se pide DENTRO del divorcio
Esto es decisivo: la compensación económica no se puede reclamar después.
Debe solicitarse dentro del mismo juicio de divorcio —en la demanda principal, en un escrito complementario o por demanda reconvencional al contestar—. Si la sentencia de divorcio queda firme sin haberla pedido, el derecho caduca definitivamente. Por eso, si va a divorciarse (unilateral o de mutuo acuerdo) y cree tener derecho, hay que actuar a tiempo.
Conozca más sobre la partición patrimonial en Liquidación de Sociedad Conyugal o regrese al hub de Divorcios en Puerto Montt.
Preguntas Frecuentes — Compensación Económica
¿Tengo derecho si trabajé, pero menos por cuidar a los hijos?
Puede tenerlo. La ley cubre tanto la imposibilidad total como parcial de trabajar por dedicarse al hogar o a los hijos. Se evalúa el menoscabo concreto.
¿Puedo pedirla después del divorcio?
No. Si no se solicita dentro del juicio de divorcio, el derecho caduca. Es el error más costoso y más frecuente.
¿Me pueden pagar con parte de la AFP?
Sí. Una de las formas de pago es el traspaso de hasta el 50% de los fondos de AFP acumulados durante el matrimonio.
Cobertura Territorial en la Región de Los Lagos
Atendemos causas de familia ante todos los juzgados de la región:
Especialista en Derecho de Familia
Abogada de la Universidad San Sebastián, sede Puerto Montt. Miembro del Colegio de Abogados de Puerto Montt A.G. Ejercicio profesional exclusivo en Derecho de Familia.
Jurisprudencia reciente
Corte Suprema confirma compensación económica en Acuerdo de Unión Civil (Rol 38.698-2025)
Agende su consulta
Escríbanos los antecedentes de su caso y le orientaremos a la brevedad.
Mensaje recibido
Le contactaremos a la brevedad.
Sus datos están protegidos por el secreto profesional.