Cobro de Pensión de Alimentos Impaga — Puerto Montt
Cuando ya existe una pensión fijada por el tribunal y el alimentante no paga, no hay que empezar de cero: se activa la etapa de cumplimiento para cobrar lo adeudado. A diferencia de la demanda para fijar la pensión, el cobro no requiere mediación previa: se pide directamente al Juzgado de Familia.
Primer paso: liquidar la deuda oficial
Se solicita al tribunal que liquide la deuda, es decir, que calcule oficialmente cuánto se debe, sumando las cuotas impagas y sus reajustes legales en UTM o UF.
Sobre esa liquidación, el deudor puede presentar una objeción dentro de 3 días (normalmente alegando errores de cálculo o pagos directos que sí se hicieron). Reviso minuciosamente la liquidación para que el monto adeudado sea el exacto y no se pierda dinero.
Las herramientas de apremio para obligar a pagar
Fijada la deuda, la ley entrega medidas de presión progresivas:
- Retención por el empleador: Descuento automático por planilla del monto mensual adeudado.
- Inscripción en el Registro Nacional de Deudores: Inhabilita para renovar licencia de conducir y pasaporte, y retiene devoluciones de impuestos de la Tesorería General.
- Medidas de apremio personal: Arraigo nacional (prohibición de salir del país) y arresto nocturno o efectivo de hasta 15 días renovables.
- Ley N° 21.484 (Responsabilidad Parental): Investigación del patrimonio financiero en bancos e instituciones y retención forzada de fondos previsionales de AFP para el pago total de la deuda.
En qué la acompaño
Solicitud de Liquidación
Solicito la liquidación oficial de deuda y controlo que los reajustes se calculen conforme a la ley.
Activación de Apremios
Pido retención judicial a empleadores, bancos y la inscripción inmediata en el Registro de Deudores.
Retención de Fondos AFP
Tramito el procedimiento especial de la Ley 21.484 para cautelar y cobrar con los fondos de pensiones del alimentante.
Objeción a Liquidaciones Erróneas
Si usted es la parte demandada y le llegó una liquidación inflada o con pagos omitidos, preparo la objeción en plazo.
Para fijación, aumento o rebaja, visite nuestro hub principal de Pensión de Alimentos en Puerto Montt o revise el trámite de Cese de Pensión de Alimentos.
Artículos y Guías Prácticas de Cobro
Consulte nuestras guías legales detalladas sobre apremios y ejecución de deudas:
Preguntas Frecuentes — Cobro de Pensión Impaga
¿Qué hago si el padre de mis hijos no paga la pensión?
Se pide al tribunal liquidar la deuda y luego se activan los apremios: retención del sueldo, Registro de Deudores, suspensión de licencia, arresto y retención de fondos AFP. No requiere mediación.
¿Pueden retenerle el sueldo directamente?
Sí. El tribunal puede ordenar al empleador que descuente y pague la pensión directamente del sueldo del deudor.
¿Qué es el Registro Nacional de Deudores?
Un registro público donde queda inscrito quien no paga. Inhabilita para renovar documentos, retiene devoluciones de impuestos y condiciona diversos trámites hasta que se pague.
Cobertura Territorial en la Región de Los Lagos
Atendemos causas de familia ante todos los juzgados de la región:
Especialista en Derecho de Familia
Abogada de la Universidad San Sebastián, sede Puerto Montt. Miembro del Colegio de Abogados de Puerto Montt A.G. Ejercicio profesional exclusivo en Derecho de Familia.
Jurisprudencia reciente
Corte Suprema fija límites al arresto por pensión impaga (Rol 6.694-2026)
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